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Debida diligencia y seguridad financiera

La debida diligencia permite adaptar la profundidad de la revisión al riesgo detectado. Las operaciones de bajo riesgo pueden recibir un control simplificado, mientras que los casos de mayor exposición requieren comprobaciones reforzadas.

Navegación


Procedimientos de debida diligencia

La debida diligencia se organiza en tres niveles. El primero simplifica controles en situaciones de riesgo mínimo; el segundo identifica y verifica normalmente al usuario; el tercero amplía las comprobaciones en casos sensibles.

Confirmación documental del domicilio

El domicilio se confirma documentalmente mediante extracto bancario o factura de servicios. El archivo debe ser reciente y pertenecer al mismo titular.

Circunstancias de control reforzado

Las operaciones de mayor exposición requieren verificación integral. Esto incluye superar 10.000 EUR en depósitos acumulados, solicitar un retiro o realizar una transacción sospechosa.

Documentación para la debida diligencia

La debida diligencia exige comprobar identidad y residencia con documentación oficial. La selfie sirve para confirmar que quien utiliza la cuenta es la misma persona que aparece en la identificación.

Documento gubernamental con fotografía

El documento gubernamental debe incluir fotografía, nombre completo y firma. Pasaporte, identificación nacional y licencia de conducir son ejemplos válidos, siempre que no provengan de Australia, Austria, Francia y sus territorios, Alemania, los Países Bajos y sus territorios, España, la Unión de las Comoras, el Reino Unido, los Estados Unidos de América y sus territorios, los países incluidos en la lista negra del GAFI y cualquier jurisdicción prohibida por la Autoridad Financiera Offshore de Anjouan.

Prueba fotográfica

El archivo fotográfico debe demostrar que la misma persona que figura en la identificación controla la cuenta y participa en el proceso.

Funciones disponibles durante la revisión

El usuario puede seguir viendo parte de la cuenta, aunque determinadas funciones permanezcan inactivas hasta la aprobación documental.

Actualización de la debida diligencia

La debida diligencia debe mantenerse actualizada. Cuando un documento caduca o cambia un dato importante, puede solicitarse una nueva prueba.

Documentación sin alteraciones

Los archivos no deben contener alteraciones que impidan comprobar su autenticidad. Caposino puede rechazar imágenes manipuladas o información no verificable.

Entrega de documentación adicional

Caposino puede pedir documentación adicional cuando los archivos iniciales no expliquen suficientemente el perfil o una transacción.

Notificación al usuario

El usuario recibe información clara sobre cualquier rechazo. El sistema conserva el motivo y genera un número de ticket para el seguimiento.

Debida diligencia reforzada

Los clientes de mayor riesgo, las operaciones de gran importe y las circunstancias excepcionales pueden pasar a EDD. Este nivel implica una revisión más profunda que la CDD habitual. Caposino puede solicitar información adicional y mantener restricciones mientras analiza el caso.

Aplicación proporcional de controles

La EDD no se utiliza en todos los casos. Se reserva para situaciones donde el nivel de riesgo justifica una comprobación más exhaustiva.

Profundidad de la debida diligencia

La diferencia entre SDD, CDD y EDD afecta a la intensidad del control, no a la obligación de aportar información verdadera. Los casos de mayor riesgo requieren una revisión más extensa. En Caposino, el nivel aplicado depende del perfil, del tipo de transacción y de cualquier circunstancia excepcional detectada durante el monitoreo.

Factores que justifican una revisión reforzada

La EDD puede aplicarse cuando el perfil presenta mayor riesgo, la operación es de gran importe o existe una circunstancia excepcional. En esos casos se requieren controles más profundos que en la CDD ordinaria, y pueden solicitarse pruebas adicionales antes de habilitar determinadas funciones.

Edad y vigencia documental

El titular debe tener al menos 18 años. La identificación oficial debe conservar una vigencia mínima de tres meses, y la prueba de residencia debe haber sido emitida durante los tres meses anteriores.